Artículo 41: (FALTAS MUY GRAVES).- Se considera faltas muy graves con suficientes pruebas de culpabilidad, las siguientes:
- La reincidencia u omisión de faltas graves.
- Robo o hurto comprobado de objetos dentro de la Unidad Educativa o en actividades extracurriculares.
- Agresión física o sexual comprobada del o la estudiante, al interior o fuera de la Unidad Educativa.
- Traficar, (portar) consumir o inducir al consumo de bebidas alcohólicas, o presentarse en estado de ebriedad, al interior o predios de la Unidad Educativa o en actividades oficiales de representación (intercambio estudiantil, excursiones, campamentos, viajes, ferias, eventos deportivos y otros).
- Traficar, consumir o inducir al consumo de sustancias controladas, estupefacientes, o presentarse bajo el efecto de sustancias controladas al interior o predios de la Unidad Educativa o en actividades oficiales de representación (intercambio estudiantil, excursiones, campamentos, viajes, ferias, eventos deportivos y otros).
- Portar o hacer uso de armas de fuego, armas blancas, explosivos, al interior o fuera la Unidad Educativa.
- Traficar consumir o inducir al consumo de otras sustancias psicoactivas como marihuana, cigarrillos comunes o cigarrillos electrónicos, legales o ilegales, al interior o fuera de la Unidad Educativa.
- La tenencia y difusión de materiales pornográficos a través de diversas formas de publicidad como revistas, videos, celulares, otros soportes o páginas de Internet al interior de la Unidad Educativa.
- Adulterar o falsificar documentos de cualquier índole como calificaciones en boletines, como en el registro del docente y el sello personal.
- Agredir físicamente al docente, director o cualquier miembro de la Unidad Educativa.
- Organizar actos vandálicos o participar en ellos, dentro de la Unidad Educativa o en actividades extracurriculares.
- Dañar intencionalmente o hacer burla y escarnio de los símbolos patrios.
- Organizar o participar en grupos o pandillas que atenten contra los derechos individuales o colectivos de los demás miembros de la comunidad.